Permiso de residencia por trabajo en España
Autorización de Residencia y Trabajo en España
Solicita tu permiso de residencia por trabajo, para vivir y trabajar legalmente, ya sea como empleado o como profesional autónomo.
Si eres una persona extranjera y deseas trabajar legalmente en España, puedes hacerlo mediante dos tipos de autorización de residencia y trabajo: por cuenta ajena (trabajo para una empresa) o por cuenta propia (como autónomo o emprendedor). Cada opción tiene sus propios requisitos, y aquí te explicamos cómo funcionan.
Permiso de residencia por Trabajo por cuenta ajena
Este permiso está pensado para personas extranjeras que han recibido una oferta de empleo en España. Debe ser tramitado por el empleador y está condicionado a la situación del mercado laboral español. Respecto a los requisitos para la Autorización de Residencia y Trabajo por Cuenta Ajena Inicial tenemos los siguientes:
-La Oficina de Extranjería competente considera que no se ha podido cubrir el puesto de trabajo a tenor del certificado que el Servicio Público de Empleo emite sobre la gestión de la oferta de empleo.
–La autorización va dirigida a nacionales de Estados con los que España haya suscrito acuerdos internacionales (Chile y Perú).
-Pueden acreditar la concurrencia de un supuesto recogido en el artículo 40 de la Ley Orgánica 4/2000.
Se necesita lo siguiente:
Un contrato
Normativa del contrato
Inscripción en el régimen del sistema de Seguridad Social
Si el empleador es una persona física deberá acreditar, una vez descontado el pago del salario convenido, el 50% del IPREM si no hay familiares a su cargo.
Si la unidad familiar incluye dos miembros el 100%. Si la unidad familiar incluye más de dos personas se deberá sumar a la cantidad anterior el 25 % del IPREM por cada miembro adicional.
Poseer la capacitación y, en su caso, la cualificación profesional legalmente exigida para el ejercicio de la profesión.
Permiso de residencia por Trabajo por cuenta propia
Este permiso permite a una persona extranjera emprender una actividad económica o profesional en España, ya sea como autónomo, freelancer o propietario de un pequeño negocio.
La persona extranjera mayor de dieciocho años, que ha sido autorizada a residir en nuestro país para ejercer una actividad lucrativa por cuenta propia.
Hay dos formas de solicitar este tipo de residencia:
Desde tu país
Si ya estas legalmente en España
(*) Excepcionalmente, podrás solicitar la modificación sin que haya transcurrido el plazo de un año, cuando se pueda acreditar una necesidad de trabajar por circunstancias sobrevenidas para garantizar tu subsistencia.
En general, el visado de trabajo por cuenta propia se otorga a quienes quieren crear una empresa en España y pueden acreditar que cuentan con suficiencia económica, aunque realmente no existe una cantidad mínima estipulada, pues dependerá del tipo de negocio y las características concretas de la infraestructura con la que deba de contarse, entre otras muchas cosas.
La autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta propia tendrá una duración de un año y se limitará a un ámbito geográfico autonómico y a un sector de actividad. Obviamente, tendrás que solicitar esta autorización antes del inicio de la actividad.
Es importante que sepáis, que la eficacia de la autorización inicial está condicionada a la afiliación y alta de la persona en la seguridad social, debiéndose declarar todos los ingresos que genere la actividad profesional en España, tributando en nuestro territorio todos los impuestos que correspondan.